lunes, 21 de mayo de 2012

Permisos de los trabajadores


  • Matrimonio: El trabajador puede ausentarse del trabajo durante un periodo de 15 días naturales.
  • Embarazo: La trabajadora puede ausentarse el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto si se desarrollan dentro de la jornada de trabajo.
  • Maternidad: No se trata propiamente de un permiso sino de una causa de incapacidad temporal pero a efectos expositivos hemos considerado conveniente su inclusión en este apartado. Da derecho a la trabajadora a disfrutar de un permiso de 16 semanas en los casos de parto simple, ampliables en2 semanas más por cada hijo a partir del segundo en los casos de parto múltiple. La distribución de este tiempo puede hacerse a conveniencia de la madre pero al menos 6 semanasdeberá disfrutarlas con posterioridad al parto. En los casos de muerte del hijo la madre tendrá derecho a un descanso de 6 semanas y en el supuesto de que sea ésta la que fallezca, el padre podrá disfrutar de un permiso de 6 semanas.
  • Adopción y acogimiento: El permiso puede ser disfrutado por la madre o el padreindistintamente y su duración dependerá de la edad del menor: 16 semanas en el caso de menores de 9 meses o de 6 semanas en el caso de que el niño sea mayor de 9 meses y menor de 5 años.
  • Nacimiento o fallecimiento de hijo, enfermedad grave o fallecimiento del cónyuge o de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. El trabajador podrá ausentarse durante 2 días o 4 en los casos en los que tuviese que desplazarse.Los parientes comprendidos en este supuesto serán los hijos, nietos, padres, abuelos y hermanos tanto del trabajador como de su cónyuge.
  • Lactancia del hijo menor de 9 meses: dará derecho a disfrutar de una hora de ausencia al trabajo que podrá dividirse en dos fracciones de media hora. Este tiempo puede acumularse en jornadas completas según se prevea en convenio o se acuerde con el empresario.
  • Guarda legal de un menor de 6 años o disminuido físico: La jornada podrá reducirse entre una octava parte y la mitad y conllevará la reducción proporcional del salario.
  • Por mudanza: El trabajador podrá ausentarse un día.
  • Para el cumplimiento de un deber inexcusable de naturaleza pública y personal (como el derecho a voto), el trabajador dispondrá del tiempo mínimo indispensable que le permita cumplir con esta obligación, salvo que por pacto o convenio se establezca un periodo determinado.
  • Para el ejercicio de funciones sindicales, el trabajador dispondrá del tiempo que legalmente se establezca.
  • Para la formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo. Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta 3 años. Por su parte, el trabajador tiene derecho a la formación necesaria para poder adaptarse a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo y esta formación corre a cargo de la empresa.
  • Para la realización de exámenes académicos, eltiempo necesario. Los trabajadores que cursen estudios tendrán preferencia para elegir turno dentro de la empresa.
  • Para la realización de asuntos propios, suelen figurar contemplados en el Convenio colectivo o ser pactados por el empresario y trabajador; normalmente carecen de retribución.

No hay comentarios:

Publicar un comentario